Ayer se publicaba una nueva bolsa de trabajo en el Ayuntamiento de Ubrique. Mediante esta bolsa, se van a contratar a peones de albañilería y pintores por un periodo de dos meses.
¿Qué plazo tengo?
Lo primero que hay que señalar es que el plazo es breve. Sólo tienes diez días hábiles contados desde ayer que se publicó.
¿Cómo me presento?
Sólo tienes que presentar en el registro de entrada la siguiente documentación:
- Presentar el formulario relleno que se ha creado al efecto.
- Además, tendrás que acompañar la documentación que te solicitan en este anexo.
- El último documento a presentar es la declaración jurada de ingresos.
¿Dónde lo presento?
Tienes dos opciones:
- La primera opción es que lo presentes en el registro general del ayuntamiento.
- La segunda de las posibilidades es hacerlo de forma telemática.
¿Qué requisitos tengo que cumplir?
Lo primero que tienes que tener en cuenta para formar parte de esta nueva bolsa de trabajo en el ayuntamiento, hay dos requisitos fundamentales:
Estar desempleado y figurar inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo.
Estar empadronado en el Ayuntamiento de Ubrique.
Además hay otros requisitos como tener nacionalidad española. Puedes consultar las bases completas para ver todos los requisitos que te piden.
Requisitos económicos:
Se aplicarán los siguientes criterios:
1.- CAPACIDAD ECONÓMICA DE LA UNIDAD FAMILIAR O DE CONVIVENCIA A LA QUE PERTENEZCA EL SOLICITANTE.
Ten en cuenta que para ver la capacidad económica se justificará según la renta per cápita media mensual de los miembros de la unidad familiar.
Para ello se obtendrá en primer lugar la media mensual de los ingresos familiares
obtenidos en los tres meses anteriores a la convocatoria o de convivencia dividiéndolos a continuación por el número de miembros.
Por miembros de la Unidad Familiar o de Convivencia se entenderán aquellas personas que figuren en el certificado municipal de convivencia con una antigüedad al menos de tres meses con independencia del grado de parentesco que exista entre ellas.
Se otorgarán las siguientes puntuaciones:
Renta per cápita inferior a 53,79 € (10 % del IPREM mensual 2020): 10 puntos.
Entre 53,80 € y 107,57 €: 9 puntos.
107,58 € y 161,36 €: 8 puntos
161,37 – 215,14 €: 7 puntos
215,15 € a 268,92 €: 6 puntos
268,93, € a 322,71 €: 5 puntos
322,72 y 376,49 €: 4 puntos
376,50 € y 430,28 €: 3 puntos
430,29 € y 484,06 €: 2 puntos
484,07 € y 537,84 € :1 punto
537,84 €: 0 puntos
2.- NÚMERO DE MENORES Y/O PERSONAS CON VALORACION DE DISCAPACIDAD O DEPENDENCIA A CARGO DEL SOLICITANTE:
Como vas a comprobar, para obtener puntuación se valorarán los siguientes criterios:
— 4 o más menores y/o personas discapacitadas o dependientes: 8 puntos.
— 3 menores y/o personas discapacitadas o dependientes: 6 puntos.
— 2 menores y/o personas discapacitadas o dependientes: 4 puntos.
— (*) 1 menor o persona discapacitada o dependiente: 2 puntos.
(*) En el caso de menor con discapacidad, se concederán 4 puntos.
3.- OTROS ASPECTOS SOCIOFAMILIARES
Para finalizar, hay otro criterio más que puntua:
- Familia monoparental (*): 1 punto
- Si la vivienda habitual genera gastos de alquiler o hipoteca: 1 punto